Sobre la sostenibilidad del turismo,

Sobre la sostenibilidad del turismo, el alquiler vacacional, y el mercado. ¿Es verdaderamente tan liberal defender la propiedad privada​ como un valor absoluto​ ?

publicamos artículo de opinión de Manuel Ángel Santana Turégano, ​Profesor de Sociología, ULL. Presidente del Comité de Investigación en Sociología Económica, Federación Española de Sociología​.

Manuel Ángel con el libro a presentar

En los últimos tiempos se han producido diversos debates a cuestiones como el alquiler vacacional, la turismofobia y el de en qué medida la regulación urbanística impide o facilita el crecimiento turístico, que tienen un punto en común: ¿es lícito que el Estado ponga límites a la que los particulares hagan con su propiedad? ¿No es el derecho a la propiedad privada uno de los derechos en los que se fundamentan las modernas democracias occidentales, herederas de las revoluciones liberales y burguesas de los siglos XVII al XIX? Según una línea argumentativa habitual, que mezcla el mito americano del self made man con la teoría marxista del valor- trabajo, cada quien debería de poseer la facultad de hacer “lo que le dé la gana” con aquello que es de su propiedad, porque, al fin y al cabo, la propiedad es el fruto del trabajo, del trabajo propio o en cualquier caso de los antepasados que nos legaron su herencia. Desde este punto de vista la propiedad privada es concebida como algo exclusivo y excluyente, que otorga un poder absoluto al posesor sobre la cosa poseída. Por lo tanto, si alguien tiene un apartamento, ¿no debería poder, si así lo desea, dedicarlo al alquiler vacacional? Y si una empresa es propietaria de un terreno en la costa, ¿no debería poder construir allí el tipo de alojamiento que crea que va a ser mejor recibido por el mercado, sin cortapisas por parte de la administración?

Pues bien, lo cierto es que la propiedad privada, entendida como “dominio exclusivo y despótico que cada hombre ejerce sobre las cosas externas del mundo, excluyendo por completo a cualquier otro individuo del universo”, en expresión de Blackstone, nunca se ha dado en la realidad, como demuestra en un reciente artículo sobre la libertad política el profesor J. Mundó (2018). La tradición que suele recurrir a autores tan reputados como Locke para fundamentar el origen liberal de esta visión absolutista de la propiedad privada ha tergiversado su herencia. El planteamiento del gran teórico político inglés era que “los seres humanos deben tener derecho a su preservación, y consiguientemente a comer y beber, y todo tipo de cosas que la naturaleza les provee para su subsistencia”. De ahí vendría el fundamento último de la propiedad: en “Two Teatrises con Goverment”, Locke plantea, que “es lícito apropiarse de los bienes del mundo siempre que se deje tanto y tan bueno para los demás.”. En definitiva, la propiedad privada siempre ha estado socialmente condicionada, pues es en la sociedad en que encuentra su origen, siempre ha sido limitada y nunca absoluta.

El turismo es una actividad económica que se basa, en gran medida, en lo que podría considerarse “bienes públicos”. ¿A quién pertenece el sol que atrae a los turistas a lugares como Canarias? ¿Quién tiene derechos de propiedad sobre nuestra seguridad ciudadana o la calidad de nuestras infraestructuras públicas, que hacen muchos turistas nos prefieran a otros destinos? Si entendemos que la propiedad privada nunca otorga, y de hecho históricamente jamás ha sido así, al poseedor de una cosa un poder absoluto y despótico sobre la misma, comprenderemos que regular la capacidad de un propietario de alquilar vacacionalmente un piso, o de un propietario para construir cuantos hoteles y camas desee en el terreno que es de su propiedad no va en contra del derecho de propiedad. Va, sencillamente, en contra del derecho de propiedad como “propiedad absoluta”. Derecho que, históricamente, no se ha llevado a la práctica casi nunca, y que, desde luego, nunca ha estado en la base de los sistemas políticos liberales inspirados por autores como Locke. El derecho de propiedad, entendida como “propiedad absoluta”, en la práctica sólo se ha dado en los regímenes totalitarios, que sí que otorgaban un poder despótico a algunas personas (o al Estado) sobre las cosas que poseían. Los sistemas de democracia liberales surgieron justamente de la revolución contra los poderes despóticos. En definitiva, conviene recordarlo cuando a menudo se pretende tildar de “anti- liberales” a quienes pretenden regular el derecho de propiedad privada: defender la propiedad privada como un absoluto no es, ni ha sido nunca, liberal.

Firmado:  Manuel Ángel Santana Turégano,

Referencias: Mundó, J. (2017). La constitución fiduciaria de la libertad política, en Isegoría, nº57,

Share and Enjoy !

0Shares
0 0

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *