Anunciamos recurso contencioso administrativo contra la licencia de la rotonda de El Veril

Los ecologistas de Turcón, además de poner el asunto en manos de la Fiscalía AntiCorrupción (13-06-2018), extienden su demanda judicial, en este caso ante el Juzgado Contencioso-Administrativo nº 6 de Las Palmas de Gran Canaria.

 ANTECEDENTES de las obras:

Dentro de los plazos legales y habiéndose adjudicado por parte del Consorcio Urbanístico para la Rehabilitación de las Zonas Turísticas de San Agustín, Playa del Inglés y Maspalomas (Ente administrativo participado en la actualidad por el Cabildo de Gran Canaria y el Ayuntamiento de San Bartolomé de Tirajana) del contrato de obra denominado “FDCAN ROTONDA DE ACCESO A PLAYA DEL INGLES POR LA CALLE ESCORIAL”. a favor de la entidad mercantil PETRECAN S.L, expediente n/r 18/COABIERT/72/02, el 14 de mayo de 2018 y entendiéndose lesivo el mismo para los intereses generales, contrario a la ejecución del planeamiento, del medio ambiente y de los valores arqueológicos y etnográficos canarios, el COLECTIVO TURCÓN-ECOLOGISTAS EN ACCIÓN procedió el pasado 13 de julio a la correspondiente interposición de recurso contencioso administrativo.

Descripción unidades de obra y señalizacón de cargo al promotor de la actividad


 

Según los ecologistas, “dos cuestiones esenciales provocan la intermediación judicial. De un lado, la denominada obra “FDCAN ROTONDA DE ACCESO A PLAYA DEL INGLES POR LA CALLE ESCORIAL es parte integrante de las actuaciones en espacios públicos que establece el PMM/EL VERIL, tramitado –en su día- a instancias de la mercantil LORO PARQUE S.A por parte de la Consejería de Policita Territorial, Sostenibilidad y Seguridad del Gobierno de Canarias. Dicha rotonda se denomina en el Planeamiento (PMM/El Veril) como “espacio PB3”, por lo tanto la misma está incluida en el ámbito    que ordena e instrumentaliza el PMM/El Veril y su ejecución material debe ser obligatoriamente con cargo al promotor del parque acuático que se pretende implantar y no a cargo del erario público a través del Consorcio de Maspalomas del que cuelga el Programa Insular de Desarrollo Socioeconómico de Gran Canaria, en el marco del Fondo de Desarrollo de Canarias (FDCAN)

Por otro lado, la referida rotonda PB3 y/o FDCAN ROTONDA DE ACCESO A PLAYA DEL INGLES POR LA CALLE ESCORIAL, al estar incluida en el ámbito de actuación del PMM El Veril, se estaría ejecutando al margen de las determinaciones del planeamiento, sin la cobertura de un posterior instrumento de gestión urbanística, además de que tampoco consta que por parte del Ayuntamiento se haya aprobado proyecto de urbanización alguno que habilite la ejecución de las obra de la rotonda, de manera que dicha obra en sí carece de la cobertura de un instrumento de reparcelación, en ejecución del planeamiento de ordenación en el que está incluida (PMM/El Veril).

Planimetria sectorial con señalización de El veril

Los ecologistas de Turcón, con la interposición del recurso contencioso administrativo, se propone la adopción de medidas cautelares suspensivas, justificándose dicha petición en el peligro de conciliar la efectividad de una sentencia que pudiera recaer en el marco del proceso contencioso administrativo con el retraso producido por la tramitación del mismo y que –también- todo ello se fundamenta en el propio PMM El Veril, cuyas determinaciones establecen que la ejecución de la rotonda cuya resolución de adjudicación de obra a la que se refiere el presente recurso contencioso-administrativo, es A CARGO DEL PROMOTOR PRIVADO,

Todas éstas manifestaciones, lejos de ser gratuitas vienen avaladas en el PMM/EL Veril, tal y como consta en la Página 236 y sig. de la Memoria del PMM, sobre el Programa de Actuación del PMM El Veril, apreciándose que es obligación del promotor costear la Rotonda de acceso al Parque. (ver foto 1).

Junto a esta nota se adjunta plano de situación: plano de INTERVENCIONES EN ESPACIOS PÚBLICOS Y PRIVADOS del PMM/El Veril, en que se aprecia la inclusión de la rotonda a la que se refiere el contrato objeto del recurso contencioso-administrativo, según se aprecia en la imagen nº 2.

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